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Bovino adicto
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La Comisión Episcopal para la Pastoral Penitenciaria asegura que no existen pruebas que demuestren la culpabilidad de la francesa condenada por secuestro
México.- La Comisión Episcopal para la Pastoral Penitenciaria aseguró que hay irregularidades en el caso de la francesa Florence Cassez condenada a 60 años de cárcel por haber participado en el secuestro de cuatro personas, entre ellas un menor de edad.
El director de este organismo Pedro Arellano comentó que Cassez no fue detenida en el lugar donde se tenía retenidos a las personas secuestradas (rancho las chinitas) y no había un señalamiento anterior en su contra y tampoco una investigación que determinara que era integrante de la banda de secuestradores, “Los Zodiacos”.
“En los conceptos de violación deben expresarse agravios que tengan razonamientos lógico jurídicos, y que establecen que la detención de la sentenciada ocurrió el día 8 de diciembre del 2005 y que con pruebas se demuestra lo anterior
Es decir, que no se dieron los supuestos de flagrancia para proceder a su detención dado que los hechos (secuestros) ocurrieron, el día 4 de octubre del 2005 y el 19 del mismo año es decir, no hubo flagrancia porque el supuesto sujeto activo no fue detenido al momento de estar cometiendo el delito, ni fue perseguido material e inmediatamente después de la ejecución de ese delito”, dice la opinión judicial sobre la consulta realizada del amparo directo 423/2010 .
Indicó que tampoco hubo flagrancia equiparada porque la sentenciada no fue señalada como responsable de la comisión del delito por la víctima, o algún testigo presencial de los hechos o por algún copartícipe
“En ese orden, queda clara la violación a lo dispuesto por el quinto párrafo del artículo 16 Constitucional, porque para la detención de la quejosa no medio orden alguna del Ministerio Público que justificara la detención y autorizara a los elementos de la Policía, a proceder a la detención de la francesa
Ya que no existía ni siquiera un indicio de que fuera integrante de una banda de secuestradores y el hecho de que suponiendo sin conceder, se haya encontrado un arma en su automóvil en que se encontraba al momento de su detención, no implica necesariamente que dicha arma haya estado en posesión o la haya portado de ella”, refiere el texto.
Ante esta investigación se basa el documental que se estrenó en Francia el día de ayer, elaborado por los periodistas Othello Khanh y Patrice du Tertre, revela los resultados de una investigación llevada a cabo por la iglesia mexicana a petición del Vaticano y en la que participaron 27 eclesiásticos.
fuente
México.- La Comisión Episcopal para la Pastoral Penitenciaria aseguró que hay irregularidades en el caso de la francesa Florence Cassez condenada a 60 años de cárcel por haber participado en el secuestro de cuatro personas, entre ellas un menor de edad.
El director de este organismo Pedro Arellano comentó que Cassez no fue detenida en el lugar donde se tenía retenidos a las personas secuestradas (rancho las chinitas) y no había un señalamiento anterior en su contra y tampoco una investigación que determinara que era integrante de la banda de secuestradores, “Los Zodiacos”.
“En los conceptos de violación deben expresarse agravios que tengan razonamientos lógico jurídicos, y que establecen que la detención de la sentenciada ocurrió el día 8 de diciembre del 2005 y que con pruebas se demuestra lo anterior
Es decir, que no se dieron los supuestos de flagrancia para proceder a su detención dado que los hechos (secuestros) ocurrieron, el día 4 de octubre del 2005 y el 19 del mismo año es decir, no hubo flagrancia porque el supuesto sujeto activo no fue detenido al momento de estar cometiendo el delito, ni fue perseguido material e inmediatamente después de la ejecución de ese delito”, dice la opinión judicial sobre la consulta realizada del amparo directo 423/2010 .
Indicó que tampoco hubo flagrancia equiparada porque la sentenciada no fue señalada como responsable de la comisión del delito por la víctima, o algún testigo presencial de los hechos o por algún copartícipe
“En ese orden, queda clara la violación a lo dispuesto por el quinto párrafo del artículo 16 Constitucional, porque para la detención de la quejosa no medio orden alguna del Ministerio Público que justificara la detención y autorizara a los elementos de la Policía, a proceder a la detención de la francesa
Ya que no existía ni siquiera un indicio de que fuera integrante de una banda de secuestradores y el hecho de que suponiendo sin conceder, se haya encontrado un arma en su automóvil en que se encontraba al momento de su detención, no implica necesariamente que dicha arma haya estado en posesión o la haya portado de ella”, refiere el texto.
Ante esta investigación se basa el documental que se estrenó en Francia el día de ayer, elaborado por los periodistas Othello Khanh y Patrice du Tertre, revela los resultados de una investigación llevada a cabo por la iglesia mexicana a petición del Vaticano y en la que participaron 27 eclesiásticos.
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